Consejo de establecimiento

Es el órgano que representa a todo el Liceo y es responsable de todos los asuntos relacionados con la organización pedagógica y educativa de todos los alumnos tanto de primaria como de secundaria.

Los representantes de los padres son elegidos por medio en un escrutinio de lista en la representación proporcional de la mayoría de padres.

El consejo de establecimiento es una instancia tripartita, compuesta a partes iguales por representantes de los miembros de la comunidad escolar, la administración, profesores, padres y estudiantes.

Cada padre, desde que ejerce la autoridad parental, es elector y elegible. Cada padre cuenta con un solo voto, cualquiera que sea el número de hijos inscritos en el colegio.

Adopta:

  • El proyecto de centro, a propuesta del consejo de escuela y del consejo del “second degré”.
  • El reglamento interno del centro después de consultar las instancias (consejo de escuela, consejo del “second degré”, consejo de los delagados para la “vie lycéenne”)
  • Los horarios lectivos y el calendario del curso escolar
  • El plan anual de educación para la orientación
  • El plan de formación contínua para todo el personal del centro, a propuesta de la “cellule” de formación continua.

Emite una votación sobre:

  • La creación, supresión o transformación de puestos de trabajo del personal del centro
  • Las propuestas de evolución de las estructuras pedagógicas
  • El programa de actividades de la asociación deportiva
  • El programa de actividades de otras asociaciones o clubes que funcionen en el centro teniendo en cuenta las autorizaciones temporales de ocupación de los locales
  • Las cuestiones relativas a higiene y seguridad para el conjunto de la comunidad escolar
  • Las cuestiones relativas a las condiciones de trabajo del personal
  • Las cuestiones relativas a la información a los padres de alumnos, a las modalidades generales de su participación en la vida del centro
  • La programación y financiación de los viajes escolares
  • La organización de la vida educativa
  • Como acoger y hacerse cargo de alumnos con minusvalías
  • El comedor escolar
  • Además, el consejo de establecimiento puede, en caso de necesidad, reunirse con una orden del día que solamente conlleve cuestiones relacionadas con higiene, seguridad y condiciones de trabajo del personal. Una comisión, cuya composición decida el consejo de establecimiento, se reunirá para preparar los trabajos del consejo de establecimiento en estas cuestiones.

Durante el mismo se informará sobre los estados financieros y el presupuesto. El presupuesto y el “compte financier” del centro, son presentados en el consejo de establecimiento, por el director y el administrador, cada uno en la parte que le corresponde.

Un balance sobre el funcionamiento pedagógico y un balance de etapa del proyecto de centro son presentados cada curso por el director del centro.

El consejo de establecimiento puede, a petición del director o por iniciativa propia, dar una valoración sobre cualquier cuestión relativa con la vida del centro.

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